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Venden el piso que alquilas: tu derecho de tanteo y retracto

Un día te llega la noticia: el dueño va a vender el piso en el que vives de alquiler. ¿Te quedas sin casa? ¿Puedes comprarlo tú antes que nadie? La LAU te reconoce un derecho de adquisición preferente pensado justo para esta situación. Esto es lo que dice el artículo 25.

Lo esencial

  • El artículo 25 de la LAU te reconoce un derecho de adquisición preferente sobre la vivienda que alquilas.
  • Tanteo: comprar en las mismas condiciones antes de que se venda a un tercero. Retracto: subrogarte en la venta si se hizo sin avisarte.
  • El plazo es de 30 días, y no empieza a contar hasta que recibes la notificación con precio y condiciones.
  • La renuncia a este derecho debe ser expresa y clara: no vale escondida en la letra pequeña.

Cómo escribimos esto

Lo redacta el equipo de LeaseGuard contrastando cada afirmación con el texto vigente de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley 12/2023, la misma base legal que usa nuestro analizador de contratos. Citamos el artículo concreto siempre que existe y evitamos dar cifras que la norma no fije. Revisado por última vez el .

Este artículo tiene carácter meramente informativo y orientativo, no constituye asesoramiento jurídico y puede no reflejar particularidades de tu comunidad autónoma o de tu caso concreto. LeaseGuard no es un despacho de abogados. Para asuntos de alta cuantía o litigio, consulta con un abogado colegiado.

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Preguntas frecuentes

Venden el piso donde vivo de alquiler. ¿Tengo que irme?

Que el piso cambie de dueño no significa automáticamente que tengas que marcharte: tu contrato sigue vigente y el nuevo propietario se coloca, por lo general, en la posición del anterior. La venta afecta a la titularidad, no borra tus derechos como inquilino. La situación concreta depende de las circunstancias del contrato, así que conviene revisarlo antes de tomar decisiones.

¿Desde cuándo cuentan los 30 días del tanteo?

Desde que recibes la notificación fehaciente con el precio y las demás condiciones esenciales de la venta. Sin esos datos el plazo no arranca, así que lo primero es pedir la notificación por escrito.

Vendieron el piso sin avisarme. ¿Puedo hacer algo?

Ahí es donde entra el retracto: el derecho a subrogarte en la venta ya realizada, en las mismas condiciones. Es una vía sujeta a plazos estrictos, así que si acabas de enterarte conviene informarse cuanto antes.

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