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Qué es el IRAV y cómo limita la subida de tu alquiler

Durante años, la subida del alquiler iba ligada al IPC. Desde 2025 hay un índice nuevo para la vivienda habitual, el IRAV. Pero no se aplica a todos los contratos: depende de cuándo firmaste el tuyo. Te explicamos qué es, a quién le afecta de verdad y cómo usarlo a tu favor.

Lo esencial

  • IRAV son las siglas de Índice de Referencia para la Actualización de arrendamientos de Vivienda.
  • Solo se aplica a los contratos firmados el 26 de mayo de 2023 o después: los anteriores siguen con el IPC.
  • Lo publica mensualmente el Instituto Nacional de Estadística (INE).
  • Es un límite máximo, no una subida automática: marca el techo de lo que pueden actualizarte.
  • Dentro de los contratos a los que aplica, rige igual para empresas y para particulares.

Cómo escribimos esto

Lo redacta el equipo de LeaseGuard contrastando cada afirmación con el texto vigente de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley 12/2023, la misma base legal que usa nuestro analizador de contratos. Citamos el artículo concreto siempre que existe y evitamos dar cifras que la norma no fije. Revisado por última vez el .

Este artículo tiene carácter meramente informativo y orientativo, no constituye asesoramiento jurídico y puede no reflejar particularidades de tu comunidad autónoma o de tu caso concreto. LeaseGuard no es un despacho de abogados. Para asuntos de alta cuantía o litigio, consulta con un abogado colegiado.

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Preguntas frecuentes

¿El IRAV se aplica a mi contrato?

Solo si lo firmaste el 26 de mayo de 2023 o después, que es cuando entró en vigor la Ley 12/2023 de vivienda. Los contratos anteriores continúan rigiéndose por su régimen previo, en el que el techo de la actualización anual es la variación del IPC, según la disposición transitoria cuarta de esa misma ley.

¿Dónde puedo consultar el IRAV?

Lo publica el Instituto Nacional de Estadística (INE) con periodicidad mensual, y ese es el organismo de referencia para comprobar el valor vigente. Como cambia cada mes, hay que mirar el dato correspondiente a la fecha de tu actualización, no uno anterior.

Mi contrato dice que la renta se actualiza con el IPC. ¿Sigue valiendo?

Depende de la fecha de firma. Si el contrato es del 26 de mayo de 2023 en adelante, la cláusula sigue ahí pero el resultado no puede superar el IRAV, y el exceso no es exigible. Si el contrato es anterior, la cláusula del IPC se aplica tal cual y el IRAV no es tu referencia.

Mi contrato dice que la renta se actualiza cada año, pero no dice con qué índice. ¿Qué se aplica?

El artículo 18.1 de la LAU resuelve ese caso: cuando hay pacto de actualización pero no se detalla el índice ni la metodología, se aplica el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que suele ser bastante inferior al IPC. Es una redacción frecuente y conviene revisarla, porque la subida exigible puede ser mucho menor de la que te reclaman.

¿El IRAV obliga al casero a subir la renta?

No. El IRAV fija un techo, no una obligación. El arrendador puede actualizar por debajo de ese límite o no actualizar en absoluto, y para poder hacerlo necesita además que el contrato prevea expresamente la actualización.

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