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Te descuentan la pintura y la limpieza de la fianza: ¿es legal?

Entregas las llaves y a los pocos días llega el mensaje: «te descuento 300 € de pintura y 120 € de limpieza». Sin factura, sin fotos y sin más explicación. Es la discusión más repetida del alquiler en España, y casi siempre se resuelve con la misma pregunta: ¿esto es un daño o es el paso del tiempo?

Lo esencial

  • La fianza cubre impagos y daños, no el paso del tiempo. El desgaste por el uso ordinario corre por cuenta del propietario.
  • Repintar por sistema al final de cada contrato no es un daño: es mantenimiento del inmueble, y una cláusula que lo imponga de oficio es discutible.
  • Para descontar algo, el arrendador tiene que decirte qué daño concreto repara y cuánto ha costado. Un importe redondo sin factura no es una justificación.
  • El artículo 1561 del Código Civil te obliga a devolver la vivienda como la recibiste, salvo lo que se haya menoscabado por el tiempo o por causa inevitable.
  • Las fotos del día que entras y del día que sales valen más que cualquier discusión posterior.

Cómo escribimos esto

Lo redacta el equipo de LeaseGuard contrastando cada afirmación con el texto vigente de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley 12/2023, la misma base legal que usa nuestro analizador de contratos. Citamos el artículo concreto siempre que existe y evitamos dar cifras que la norma no fije. Revisado por última vez el .

Este artículo tiene carácter meramente informativo y orientativo, no constituye asesoramiento jurídico y puede no reflejar particularidades de tu comunidad autónoma o de tu caso concreto. LeaseGuard no es un despacho de abogados. Para asuntos de alta cuantía o litigio, consulta con un abogado colegiado.

¿Ese descuento se sostiene?

Sube tu contrato y LeaseGuard revisa qué dice sobre pintura, limpieza y estado de entrega, te señala si la cláusula es de las que no se sostienen y te redacta la reclamación. Subirlo es gratis.

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Preguntas frecuentes

¿Puede obligarme el contrato a pintar el piso al irme?

Una cláusula que imponga el repintado completo al final del contrato, con independencia del estado real de la vivienda, es discutible: convierte en obligación del inquilino lo que es mantenimiento ordinario del propietario. Distinto es que hayas pintado las paredes de un color llamativo o que haya manchas que excedan el uso normal: ahí sí puede exigirse devolverlo a su estado.

Me descuentan una limpieza profesional. ¿Tengo que pagarla?

Si entregas la vivienda razonablemente limpia, no. Una limpieza final cobrada de oficio, sin suciedad extraordinaria que la justifique, es un gasto del propietario. Otra cosa es dejar el piso en condiciones que exijan una limpieza fuera de lo común, que sí puede repercutirse acreditando el gasto.

¿Qué se considera desgaste normal y qué es un daño?

Desgaste normal es lo que le ocurre a una vivienda por vivir en ella: pintura apagada, marcas de los muebles, juntas desgastadas, un grifo que gotea por antigüedad. Daño es lo que no habría pasado con un uso cuidadoso: una puerta rota, quemaduras en la encimera, humedades por no ventilar nunca, un cristal partido.

¿Tiene que enseñarme las facturas de lo que descuenta?

Debe justificar la retención. Puedes exigirle el detalle de qué repara y el importe, y lo razonable es que lo acredite con factura o presupuesto. Un descuento global sin explicación no es una liquidación de la fianza, y esa falta de justificación juega a tu favor si hay que reclamar.

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