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Modelo de burofax para reclamar la fianza del alquiler (plantilla 2026)

Reclamaste la fianza por WhatsApp, el casero da largas y tú no sabes cómo dar el siguiente paso sin acabar en un juzgado. Ahí entra el burofax: la herramienta que convierte tu reclamación en una prueba con fecha. Aquí tienes qué debe contener, una plantilla para adaptar y cómo enviarlo bien.

8 min de lecturaActualizado el

Lo esencial

  1. 01El burofax vale por lo que prueba: qué dijiste, cuándo y que llegó. Pídelo con acuse de recibo y certificación de contenido.
  2. 02Debe llevar datos de ambas partes, identificación del contrato, fecha exacta de entrega de llaves, la cantidad concreta que reclamas y la referencia al artículo 36 de la LAU.
  3. 03Incluye una invitación expresa a negociar: desde abril de 2025 ese intento de acuerdo previo es requisito para poder demandar, y el burofax es lo que lo acredita.
  4. 04Cierra siempre con un plazo de pago y el aviso de que, si no, reclamarás por vía judicial.
  5. 05Envíalo al domicilio correcto del arrendador y guarda el justificante.

Por qué un burofax y no un simple email

Puedes reclamar la fianza por cualquier medio, pero si el asunto se complica necesitas poder demostrar que reclamaste, cuándo y qué pediste. El burofax con acuse de recibo y certificación de contenido hace justo eso: deja constancia oficial de la fecha y del texto que enviaste. Es el paso intermedio entre la reclamación amistosa y la vía judicial, y muchas veces basta para que el propietario pague sin llegar más lejos.

Recuerda la base legal: la fianza se te debe desde que termina el arrendamiento, sin ningún mes de cortesía. Lo que añade el artículo 36.4 de la LAU es que, pasado un mes desde la entrega de las llaves sin devolución, la cantidad pendiente devenga además el interés legal a tu favor. Si todavía no has llegado a este punto, la guía para recuperar la fianza repasa los pasos previos y qué descuentos puede hacerte el casero.

Qué debe incluir el burofax

Un buen burofax de reclamación es concreto y contiene:

  • Tus datos y los del arrendador (nombre y, si lo tienes, domicilio o DNI).
  • La identificación del contrato: dirección de la vivienda y fecha del contrato.
  • La fecha exacta de entrega de las llaves, que es la que pone en marcha el plazo del artículo 36.
  • La cantidad concreta que reclamas (el importe de la fianza pendiente). Si te han retenido una parte alegando pintura o limpieza, comprueba antes si ese descuento se sostiene: cambia la cifra que tienes que reclamar.
  • La referencia al artículo 36 de la LAU y al plazo de un mes ya vencido.
  • Un plazo para el pago (por ejemplo, 10 días) y el número de cuenta donde quieres recibir la transferencia.
  • Si entregaste las llaves desde el 8 de octubre de 2026 y no se firmó documento de finalización, o se firmó sin anotar daños, la mención a la presunción de buen estado del artículo 36.7 de la LAU. Tienes el párrafo opcional en la plantilla.
  • Una invitación expresa a resolverlo de mutuo acuerdo, con tu propuesta concreta. Parece un detalle de cortesía y no lo es (lo explicamos justo debajo).
  • El aviso de que, de no atender la reclamación, te reservas el derecho a acudir a la vía judicial.

El burofax también te sirve como paso previo obligatorio

Desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 exige haber intentado un acuerdo antes de presentar una demanda civil. Es lo que llaman un medio adecuado de solución de controversias (MASC) y, sin acreditarlo, el juzgado no admite la reclamación.

Aquí está la ventaja de hacer las cosas en orden: ese mismo burofax puede valer como acreditación. El artículo 10 de esa ley admite probarlo con cualquier documento que demuestre que la otra parte recibió tu invitación a negociar, en qué fecha y que pudo acceder a su contenido íntegro. Por eso importa que el texto no se limite a exigir, sino que proponga una salida: identifica a las dos partes, describe el problema y ofrece una solución concreta.

Si pasan treinta días naturales desde que lo recibió sin reunión ni respuesta por escrito, la ley entiende que el intento terminó sin acuerdo. A partir de ahí tienes vía libre para el juzgado, y guardas el acuse de recibo para acompañarlo a la demanda.

Plantilla para adaptar

Sustituye los datos entre corchetes por los tuyos. Es un modelo orientativo: revísalo y ajústalo a tu caso concreto.

A la atención de [NOMBRE DEL ARRENDADOR / PROPIETARIO]
Domicilio: [DIRECCIÓN DEL ARRENDADOR]

De: [TU NOMBRE Y APELLIDOS], con DNI [TU DNI], como arrendatario/a de la vivienda sita en [DIRECCIÓN DE LA VIVIENDA ALQUILADA].

Muy Sr./Sra. mío/a:

Por medio del presente burofax le comunico que, habiendo finalizado el contrato de arrendamiento suscrito con fecha [FECHA DEL CONTRATO] y habiendo hecho entrega de las llaves de la vivienda el día [FECHA DE ENTREGA DE LLAVES], no se me ha reintegrado la fianza depositada, por importe de [IMPORTE] euros.

El artículo 36.4 de la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos, dispone que el saldo de la fianza que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo devengará el interés legal transcurrido un mes desde la entrega de las llaves sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución. Habiendo finalizado el arrendamiento, la cantidad adeudada es exigible desde su terminación y devenga ya el referido interés legal.

[PÁRRAFO OPCIONAL, solo si entregaste las llaves el 8 de octubre de 2026 o después:] Asimismo, al no haberse suscrito documento de finalización del arrendamiento [o: al no reflejar el documento de finalización suscrito desperfecto alguno], el artículo 36.7 de la Ley 29/1994, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 29/2026, presume que la vivienda fue entregada en estado adecuado de conservación.

Por todo ello, le REQUIERO para que en el plazo de [Nº] días naturales proceda a la devolución íntegra de la fianza mediante transferencia a la cuenta [IBAN]. De no atender este requerimiento, me reservo el ejercicio de cuantas acciones legales me correspondan para la reclamación de la cantidad adeudada, más intereses y costas.

A los efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, le INVITO expresamente a negociar la resolución de esta controversia de mutuo acuerdo, siendo mi propuesta la devolución de la cantidad indicada en el plazo señalado. Quedo a su disposición para tratarlo por el medio que estime conveniente. La falta de respuesta por escrito en el plazo legalmente previsto se entenderá como terminación de la negociación sin acuerdo.

En [CIUDAD], a [FECHA].
Fdo.: [TU NOMBRE Y APELLIDOS]

Cómo enviarlo para que tenga valor

  • Con acuse de recibo y certificación de texto. No basta un burofax «a secas»: pide la modalidad que certifica el contenido, para poder acreditar exactamente qué enviaste.
  • Guarda el justificante. Conserva el resguardo del envío y el acuse; junto con el contrato y la prueba de la entrega de llaves, forman tu expediente.
  • Envíalo al domicilio correcto del arrendador. Si no lo tienes, sirve la dirección que figure en el contrato.

Y si aun así no paga

Si vencido el plazo del burofax el propietario sigue sin devolver la fianza, el siguiente paso es la reclamación judicial de la cantidad: el proceso monitorio permite reclamarla sin abogado para importes como el de una fianza. Llegarás con las pruebas ya ordenadas —contrato, fecha de entrega de llaves y burofax—, que es exactamente lo que necesitas para acreditar tu derecho.

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Preguntas frecuentes

¿Por qué el modelo incluye una invitación a negociar?

Porque desde el 3 de abril de 2025 la Ley Orgánica 1/2025 exige haber intentado un acuerdo antes de presentar una demanda civil, y sin acreditarlo el juzgado no admite la reclamación. Su artículo 10 permite probarlo con cualquier documento que demuestre que la otra parte recibió la invitación a negociar, en qué fecha y que pudo acceder a su contenido íntegro: un burofax redactado así cumple esa función y te ahorra un trámite aparte.

¿No vale con un email o un WhatsApp?

Sirven como indicio y conviene guardarlos, pero no acreditan por sí solos el contenido exacto de lo que reclamaste ni que la otra parte lo recibiera. El burofax con acuse de recibo y certificación de texto sí, y esa diferencia es la que pesa si el asunto acaba en un juzgado.

¿Qué plazo debo dar en el burofax?

Un plazo razonable y concreto, con fecha. Ten en cuenta que la deuda ya está vencida desde que terminó el arrendamiento, así que el burofax no la crea: la reclama. Y si además ha pasado un mes desde que entregaste las llaves, el saldo pendiente devenga el interés legal a tu favor (art. 36.4 de la LAU), de modo que conviene reclamar también esos intereses.

Envié el burofax y sigue sin pagar. ¿Ahora qué?

Queda la reclamación judicial de la cantidad. Si pasaron treinta días naturales desde que recibió el burofax sin respuesta por escrito, el intento de acuerdo previo que exige la ley se entiende terminado sin acuerdo y ya puedes presentar la demanda. Llegas con la prueba ordenada: el contrato, el justificante de la fianza entregada, la fecha de entrega de llaves y el burofax con su acuse de recibo.

Cómo escribimos esto. Lo redacta el equipo de LeaseGuard contrastando cada afirmación con el texto vigente de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley 12/2023, la misma base legal que usa nuestro analizador de contratos. Citamos el artículo concreto siempre que existe y evitamos dar cifras que la norma no fije. Revisado por última vez el .

Este artículo tiene carácter meramente informativo y orientativo, no constituye asesoramiento jurídico y puede no reflejar particularidades de tu comunidad autónoma o de tu caso concreto. LeaseGuard no es un despacho de abogados. Para asuntos de alta cuantía o litigio, consulta con un abogado colegiado.