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Gastos del alquiler: quién paga la agencia, la comunidad y el IBI

«Son 500 euros de honorarios de la agencia.» Si te lo han pedido al alquilar, hay algo que debes saber: desde la reforma de 2023, esos gastos ya no te tocan a ti. Aquí tienes quién paga qué en un alquiler de vivienda, con el artículo de la LAU que lo respalda.

Lo esencial

  • Los honorarios de agencia y los gastos de formalización son siempre del arrendador (art. 20 LAU, tras la Ley 12/2023). Una cláusula que te los pase es nula.
  • Comunidad, IBI o basuras solo pueden repercutirse si se pactó por escrito y consta el importe anual.
  • Los suministros por consumo —luz, agua, gas, internet— corren por tu cuenta.
  • Las reparaciones necesarias por desgaste y conservación son del propietario.

Cómo escribimos esto

Lo redacta el equipo de LeaseGuard contrastando cada afirmación con el texto vigente de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley 12/2023, la misma base legal que usa nuestro analizador de contratos. Citamos el artículo concreto siempre que existe y evitamos dar cifras que la norma no fije. Revisado por última vez el .

Este artículo tiene carácter meramente informativo y orientativo, no constituye asesoramiento jurídico y puede no reflejar particularidades de tu comunidad autónoma o de tu caso concreto. LeaseGuard no es un despacho de abogados. Para asuntos de alta cuantía o litigio, consulta con un abogado colegiado.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar la agencia si el piso me lo enseñó una inmobiliaria?

No en el alquiler de vivienda. El artículo 20 de la LAU, tras la reforma de la Ley 12/2023, atribuye los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato al arrendador. Da igual quién te enseñara el piso: el cliente de la agencia es el propietario.

Ya pagué los honorarios de agencia. ¿Puedo reclamarlos?

La cláusula que te los impuso es nula, así que tiene sentido reclamar. Reúne la prueba —el contrato, la factura o el recibo y el justificante de pago—, reclama por escrito citando el artículo 20 de la LAU y, si no rectifican, escala la reclamación.

¿Es legal que me repercutan el IBI o la comunidad?

Puede serlo, pero con condiciones: tiene que pactarse por escrito y constar el importe anual de esos gastos en el momento de firmar. Un «los gastos generales serán a cargo del arrendatario» sin cifras no cumple ese requisito.

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