Qué es eso del depósito de la fianza
Cuando firmas un alquiler de vivienda, entregas una mensualidad de fianza al arrendador (artículo 36 de la LAU). Pero ese dinero no se queda sin más en su cuenta: la disposición adicional tercera de la LAU permite a las comunidades autónomas obligar al propietario a depositarlo en un organismo público, y prácticamente todas lo han hecho.
La idea es sencilla: que la fianza esté custodiada por un tercero durante toda la vida del contrato, de modo que no dependa de la solvencia ni de la buena memoria del arrendador. Cuando el contrato termina, el propietario solicita la devolución del depósito y te reintegra el dinero a ti.
Cómo saber si tu fianza está depositada
Se pregunta al organismo de vivienda de tu comunidad autónoma, que es quien custodia los depósitos. Cada comunidad tiene el suyo y su propio procedimiento, así que lo práctico es buscar «depósito de fianzas de alquiler» junto al nombre de tu comunidad.
Ten a mano:
- El contrato de arrendamiento.
- La dirección exacta de la vivienda.
- Los datos identificativos del arrendador.
- El justificante de haber entregado la fianza, si lo tienes.
No lo depositó: qué significa de verdad
Aquí está lo importante, y conviene decirlo sin rodeos: que no depositara la fianza no te quita ni un euro. Tu derecho nace del contrato que firmaste y del dinero que entregaste, no del trámite administrativo que él debía hacer después.
El incumplimiento del depósito es un asunto entre el arrendador y la comunidad autónoma, y lo que puede acarrearle es una sanción administrativa. Esa sanción, si se impone, va a parar a la administración: no es una indemnización que cobres tú. Es una distinción que decepciona a mucha gente, pero es así.
Entonces, ¿de qué te sirve saberlo?
De tres cosas muy concretas.
Primera: es una señal. Un arrendador que no deposita la fianza suele ser un arrendador que tampoco se ha leído bien el resto de sus obligaciones. Merece la pena revisar el contrato entero, porque es habitual que aparezcan cláusulas que la ley no ampara junto a esa informalidad.
Segunda: es un argumento de presión legítimo. Cuando reclames tu fianza, mencionar que ni siquiera fue depositada refuerza la posición de quien ha cumplido frente a quien no. No es la base jurídica de tu reclamación —esa es el artículo 36.4 de la LAU— pero sitúa el asunto.
Tercera: puedes ponerlo en conocimiento del organismo de vivienda de tu comunidad, que es quien tiene competencia para sancionar. Es una vía distinta y paralela a la de reclamar tu dinero, no un sustituto.
Lo que no debes hacer
No dejes de pagar el último mes dando por hecho que se compensa con la fianza. Es la reacción más común y la peor: fianza y renta son conceptos distintos, y dejar de pagar te convierte en deudor de una mensualidad real que sí se puede reclamar o descontar. Le entregas el argumento que no tenía.
Cómo reclamar tu fianza igualmente
El camino es exactamente el mismo que si la hubiera depositado. El artículo 36.4 de la LAU le da un mes desde la entrega de llaves para devolvértela, y pasado ese plazo la cantidad pendiente devenga intereses a tu favor.
Tienes el recorrido completo en cómo recuperar la fianza del alquiler, la plantilla en el modelo de burofax y, si no responde, la vía judicial sin abogado.
Si al revisar el contrato aparecen otras cosas que no encajan, LeaseGuard lo analiza cláusula a cláusula contra la LAU y te genera la reclamación con los artículos que amparan tu caso.